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Tramitación ERTE

  • Tramitación totalmente telemática del expediente de regulación temporal de empleo (ERTE)
  • Resolución de la autoridad laboral telemática en un plazo de 5 días desde su presentación. Si la administración no contesta en ese plazo, automáticamente se aprueba por silencio administrativo.
  • Efectos retroactivos al momento en que tubo lugar la entrada en vigor del Estado de Alarma (14 de marzo de 2020)
  • Gestión de las prestaciones de desempleo de los trabajadores a realizar por la empresa en el SEPE.

Para mayor información puede consultar nuestros servicios de Gestión Empresarial, donde encontrará la explicación de todo nuestro procedimiento.

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Alerta coronavirus

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