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Rehabilitación de los elementos comunes: un beneficio para todos

Un mantenimiento deficiente de los edificios se traduce en un deterioro del espacio público. Por eso, rehabilitar la estructura global del edificio y adoptar medidas de eficiencia energética mejoran el bienestar y la calidad de vida de las personas.
Este 2017 el Ayuntamiento destinará 46,6 millones de euros del presupuesto municipal a subvenciones en materia de rehabilitación. Este fondo servirá para contribuir a hacer frente a los gastos de rehabilitación de viviendas y edificios, para que sean saludables y eficientes.
La nueva convocatoria de ayudas a la rehabilitación 2017 para la ciudad de Barcelona busca reparar las patologías estructurales y los elementos comunes de los edificios para conseguir, de este modo, que sean seguros, accesibles y energéticamente sostenibles.
El objetivo es fomentar la rehabilitación del parque de edificios existente, con especial atención a las obras de rehabilitación energética.

¿Quieres saber cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación de edificios?

En estos desplegables encontrarás los requisitos generales y las especificaciones pertinentes, así como los distintos procedimientos de solicitud y trámite. La solicitud puede presentarse en cualquier Oficina de la Vivienda de Barcelona hasta el 31 de diciembre de 2017.

¿Quién puede pedir esta ayuda?

  • Quien presida la comunidad de propietarios y propietarias
  • Quien administre el edificio o lo tenga en propiedad

¿Qué edificios o viviendas pueden beneficiarse?

  • Los edificios deben estar, en términos generales, destinados a vivienda habitual permanente y construidos antes de 1992, excepto en casos de obras de mejora de la accesibilidad y para actuaciones de eficiencia energética.

El 70 % de la superficie del edificio (excluida la planta baja) debe estar destinada a vivienda habitual. En caso de no llegar al porcentaje mencionado, únicamente se podrán acoger a las ayudas en la parte proporcional de subvención en función de la superficie.

  • Los edificios de viviendas vacías se podrán acoger a las ayudas siempre que, una vez rehabilitados, se incorporen en la Bolsa de Alquiler Social por un periodo no inferior a cinco años.

¿Cuáles son los programas y subvenciones?

Patologías estructurales

  • Mejorar cualquier daño del edificio que pueda afectar a la solidez y la seguridad de este, con obras de sustitución y de refuerzo

Obras no estructurales

  • Fachadas, patios, patios de luces, cubiertas, medianeras, escaleras, vestíbulos

Accesibilidad

  • Instalación de ascensores en aquellos edificios que no dispongan de estos
  • Supresión de los desniveles en el acceso desde la calle a los vestíbulos de los edificios
  • Reformas constructivas que comporten el derribo, ensanchamiento o adecuación de puertas o pasillos
  • Mejora de las condiciones de accesibilidad a los ascensores existentes
  • Construcción de rampas o de aparatos elevadores (plataformas elevadoras verticales)

Obras de instalación
Eliminación de todos los elementos con materiales obsoletos o en mal estado de la antigua instalación, que presenten un riesgo para las personas o los edificios o que no se adapten a la normativa vigente.

  • Red de saneamiento
  • Red de suministro de agua
  • Red eléctrica
  • Red de gas canalizado
  • Unificación de las antenas de televisión
  • Reordenación de los aparatos de aire acondicionado
  • Instalación contra incendios

¿Cómo solicitar la ayuda?

Cumplimentando el formulario de solicitud (hay que disponer del acuerdo de la comunidad para edificios o de la persona propietaria para vivienda en alquiler).
Entregando la documentación:

  • Presupuesto
  • ITE (inspección técnica de los edificios)
  • Certificado energético
  • Certificado de accesibilidad
  • Acuerdo de la comunidad de propietarios

¿Cuáles son los plazos para solicitar la ayuda?

Las ayudas pueden solicitarse en las oficinas de la vivienda de Barcelona hasta el 31 de diciembre de 2017. Pide cita previa en la web de Vivienda.
En un mes, como muy tarde, el consorcio concertará una visita y redactará un informe técnico donde se señalarán las condiciones para poder optar a la subvención y las cantidades máximas que se podrán recibir.
En caso de informe favorable, hay que presentar el impreso de solicitud de ayudas y de comienzo de las obras, que deben iniciarse en un plazo máximo de 6 meses.

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