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Primero de todo, ¿Es obligatorio pagar la comunidad?

Sí. Según el artículo 9 de la Ley de la Propiedad Horizontal todos los vecinos están obligados al pago de los gastos de comunidad siempre que sean aprobados por la mayoría o necesarios para afrontar los gastos comunes.

¿Cuáles pueden ser los motivos de no pagar la comunidad?

Se pueden dar diversas circunstancias para que un miembro de la comunidad no abone su cuota y se pueden diferenciar en dos tipos de grupos: Aquellos que tienen la voluntad de resolver el impago pero no pueden, y aquellos que pueden solventar la deuda y no están dispuestos.

Los que quieren pagar y no pueden se encuentran ante situaciones adversas como:

  • Desempleo
  • Falta de educación financiera
  • Falta de planificación financiera
  • Rebaja de la renta o RTE
  • Salarios atrasados

En cambio, aquellos considerados morosos intencionales:

  • Disconformidad con la deuda: El inquilino no paga porque se muestra disconforme con la parte proporcional de gastos de comunidad que le corresponden, o con los ingresos efectuados.
  • Morosidad: El vecino no paga porque así lo ve conveniente, a pesar de tener recursos económicos para lidiar con la deuda.

¿Cómo actuar protocolariamente ante un moroso?

1.Convoca una Junta General de Vecinos

Se debe convocar una Junta General de Vecinos donde forme parte de los asuntos del día, las deudas de cada propietario se liquidan y aprueban en asamblea general.

2.Comunica el requerimiento de pago al propietario moroso

A través del burofax, se debe comunicar al vecino moroso el requerimiento del pago en un plazo de veinte días.

Para recibir ayuda profesional puede contar con los servicios de AVM Lexfincas, especialistas en el asesoramiento jurídico en propiedades horizontales (comunidades de vecinos).

3.Reclamación ante el juzgado

Si la deuda está vencida, el administrador de la comunidad, acreditado por el comité de vecinos, puede acudir al tribunal y solicitar la devolución del monto de la deuda para probar que la persona morosa no ha pagado la deuda. Los vecinos aprueban dicha deuda mediante facturas y documentos.

Si el propietario moroso paga la deuda dentro de los veinte días, se paralizará el proceso y se archivará el pleito. En caso contrario, el juez dictará la ejecución contra los bienes del moroso de la comunidad, reclamando la cantidad más los intereses, pudiendo embargar: bienes, inmuebles, salarios, saldos de cuentas bancarias, prestaciones económicas, rentas de productos financieros, etc.

¿Qué hacer si el moroso se convierte en okupa?

Existen muchas maneras de sacar a los inquilinos que no pagan las propiedades. Sin embargo, podemos dividirlas en dos tipos: judiciales y extrajudiciales.

  • En el caso del ámbito judicial, AVM Lexfincas cubrimos todas sus necesidades, realizando cualquier acción legal que sea necesaria para desalojar al ocupante.
  • Si se opta por el ámbito extrajudicial se debe actuar el protocolo de desocupación, como el control de acceso o el desahucio express.

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