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El perfil de un delincuente económico no es el mismo que el de un delincuente habitual. Según la sistematización creada por Miguel Bajo Fernández y Silvina Bacigalupo Saggese en el manual de Derecho penal económico (2010), el delincuente económico suele cumplir una serie de condiciones:

  1. Una de las características más importantes es que el delincuente económico es una persona que forma parte de una alta clase social. Este es un factor criminógeno esencial. El delincuente económico comete los delitos, pero no se le ve como a un delincuente común, puesto que cuenta con la aprobación social por su estatus.
    Por la imagen que da, a un delincuente económico le resulta sencillo acceder a altas esferas sociales en las cuales podrá mantener relaciones con personas influyentes, como por ejemplo altos cargos del gobierno. Estas relaciones le facilitarán el acceso a datos e información que le permitirá cometer el delito económico.
  2. Para cometer delitos económicos es necesario ser una persona inteligente. Es por ello que a estos delincuentes se les asocia la astucia. Además, tienen la capacidad de cubrir sus huellas, atribuyendo «los errores» cometidos a terceros o a la suerte.
  3. Se ha demostrado una inclinación natural hacia el delito, puesto que los autores de los delitos económicos son conscientes de que están cometiendo un delito y saben que pueden evitar ir a prisión gracias a su astucia.  Se debe tener en cuenta el desarrollo de esta predisposición en un sistema capitalista en el cual el estatus proviene de la capacidad económica de una persona.
    Aunque en los juicios en los cuales se les condena por primera vez no tienen antecedentes penales, no significa que no se hayan cometido. Se ha demostrado que los delincuentes económicos condenados han cometido delitos anteriormente, pero no constan en el juicio por la deficiencia de la persecución penal.
    Además, los delitos que cometen no son influenciados por efectos resocializadores resultantes de una condena, puesto que son conscientes que una vez salgan de la prisión, no dejarán de contar con un estatus social elevado.
  4. Los delincuentes económicos no consideran que los delitos que ellos están cometiendo sean criminales. Esto ocurre por los siguientes motivos:

    – La creencia de que pertenecer a una clase social elevada (y con ello percibirse a uno mismo como mejor a los demás) tienen derecho o justificación para cometer este tipo de delitos. Esta autoconvicción aumenta si el delito cometido está relacionado con algún tipo de interés social.

    – La creencia de que la ley no es justa o no tiene sentido.- Porque el delito cometido es una realidad muy habitual (y, por lo tanto, normalizada) dentro del círculo en el cual se suelen mover los delincuentes económicos.

    No se consideran criminales, puesto que no asocian su clase social con la delincuencia común; para ellos, la delincuencia pertenece a las clases sociales bajas.

  5. La persona que comete delitos económicos cuenta con los recursos económicos necesarios para hacerlo.Es decir, es una persona acaudalada.
    Aunque muchas veces el delito cometido se da por razones de pérdidas mayores de dinero (por ejemplo una quiebra) que «obliga» a la persona cometer un delito económico.
    Aun así, la persona es/ha sido poseedora de bienes.

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