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La Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA) ha celebrado una reunión con el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE), junto con la Asociación Empresarial de Ascensores de Madrid (AEAM) y el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, donde se les transmitió la preocupación del Sector por la paralización de de las juntas de comunidades de propietarios derivada de la prevención del contagio del Covid -19.
De esta manera FEEDA se suma a la propuesta realizada por los Administradores de Fincas Colegiados al Gobierno para que las juntas de propietarios se puedan convocar y celebrar, excepcionalmente, por medios telemáticos, a la espera de una nueva Ley de Propiedad Horizontal que lo incluya en su articulado.
El sector de la elevación entiende que en ningún caso se debe de dejar de garantizar la seguridad de las instalaciones y la accesibilidad de los usuarios, y por ello, continúa preocupado por la paralización de las reuniones de las juntas de las comunidades de propietarios derivada de la prevención del contagio del COVID-19.
No obstante, Salvador Díez, presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas -CGCAFE-, recuerda que, aunque no se celebran juntas de comunidades de propietarios por cuestiones sanitarias, la legislación actual no contempla la convocatoria de reuniones online. «Pero el artículo 10 de la Ley 49/1960 sobre Propiedad Horizontal sí establece que tienen carácter obligatorio y no requieren acuerdo previo de la Junta de Propietarios, las obras que vengan impuestas por la Administración Pública, que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universa. Así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación, por lo que sería aplicable a las actuaciones derivadas de las inspecciones periódicas de ascensores y de las actuaciones de accesibilidad. Es decir, que, con el estado de alarma, estas actuaciones se siguen realizando por ser esenciales», explica Salvador Díez.
«Ahora bien, debemos tener en cuenta que, aunque la comunidad se encuentre obligada a la instalación de, por ejemplo, un ascensor, deberá convocarse una junta de propietarios que autorice el gasto y la financiación del mismo, así como la forma -derrama- en que se vaya a repercutir el gasto entre sus propietarios, por lo que para estos supuestos es fundamental que el Gobierno permita, de manera excepcional, las juntas telemáticas», añade Díez Lloris.
De esta manera FEEDA se suma a la propuesta realizada por los Administradores de Fincas Colegiados al Gobierno para que las juntas de propietarios se puedan convocar y celebrar, excepcionalmente, por medios telemáticos, a la espera de una nueva Ley de Propiedad Horizontal que lo incluya en su articulado.
En los próximos días, conforme a lo acordado en esta reunión, el CGCAFE (Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas), FEEDA (Federación Empresarial Española de Ascensores), CNI (Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores) y CONAIF (Confederación Nacional de Asociaciones de Instaladores y Fluidos), trasladarán al Ministerio de Justicia la preocupación del Sector, solicitando la necesidad de aprobar medidas extraordinarias para la celebración de las Juntas para la toma de acuerdos inaplazables.
 

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