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Abogados BCN

Principales novedades sobre el Impuesto sobre Sociedades (IS) para 2015

By 19/01/2015diciembre 3rd, 2021No Comments

Sociedades civiles (SCPs y demás)

A partir de enero del 2016, las sociedades civiles que tengan actividad mercantil deberán tributar por el impuesto de sociedades.
Falta ver como aplicará hacienda esta novedad, pero, a efectos prácticos, significa que estas sociedades dejarán de tributar por el impuesto de la RENTA y pasarán a hacerlo por el IS.
Cabe destacar que se trata solamente de las sociedades con actividades mercantiles, no las que tengan actividades profesionales, que seguirán de la misma forma.

Gastos no deducibles

Se limitan los gastos deducibles por concepto de Relaciones Públicas, tales como obsequios, comidas, invitaciones, etc.
Está previsto que a partir del 2015, la deducibilidad de dichos gastos se limite al 1% de la cifra de negocios de la empresa.
Esta modificación no afecta a otros gastos, tales como cestas de Navidad, entrega de muestras, etc.

Sociedades patrimoniales

Después de desaparecer formalmente, vuelve el concepto de Sociedad Patrimonial, revise su situación para comprobar que no se encuentra en este apartado.
Se consideran patrimoniales (y, por lo tanto, que no desarrollan actividad económica) cuando más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no esté afecto a actividad económica.

Cambio en las deducciones del impuesto sobre sociedades

Hasta 2014

A partir de 2015

Deducción en I+D+i

Se mantiene con pequeñas modificaciones

Deducción por inversión de beneficios

Se suprime

Deducciones por creación de empleo

Se mantiene

Deducción por creaciónde empleo para trabajadores con discapacidad

Se mantiene

Por inversiones medioambientales

Se suprime

Por gastos de formación profesional

Se suprime

Por reinversión de beneficios

Se suprime.

 


 

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Autor: Antonio Villoro Murciano

 

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