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El derecho del respeto del domicilio 

Un vecino de Láchar (Granada) recibirá  una indemnización cerca de 12.000 euros en perjuicios para su salud  por la exposición prolongada a los ladridos de perros cerca de su domicilio. Debido al ruido, el hombre sufrió depresión y salió de su casa para alejarse de los canes, quebrantando el derecho del respeto del domicilio.

Los dueños de los perros, condenados por el Juzgado de Primera Instancia de Santa Fe a trasladar a los animales del domicilio de Láchar a otro lugar adecuado donde no se incomodara al demandante, además de tener que pagar una cuantía de 2.500 euros por intereses legítimos del art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

El demandante, que apeló la sentencia, fue hospitalizado por varias crisis de ansiedad por la ausencia de descanso por la constante exposición del ruido de los ladridos. Su salud le obligó incluso a tomar más de seis meses de baja por enfermedad para tratar la depresión que sufría por las molestias de los canes.

Ahora, la Audiencia Provincial de Granada ha revocado la sentencia y dictado una nueva sentencia sustentada en los principios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que se fundamentan en el derecho fundamental a la intimidad, con los artículos 590, 1.902 y 1.908 del Código Civil.

Ladridos de los perros: Una vulneración inmaterial al domicilio

La Sala ha desarrollado la doctrina fijada por el  Tribunal Europeo de Derechos Humano (TEDH) en la sentencia del 29 de abril de 2003 (rec. 2527/97) recordando que el derecho al respeto del domicilio de las personas no se refiere solo a un espacio físico, sino también a disfrutar de él con total tranquilidad:

“La tentativa de respetar los derechos de la familia supone no solo violaciones materiales y físicas,  sino también infracciones inmateriales o intangibles, como ruidos, emisiones, olores y otras perturbaciones. Si las vulneraciones afectan gravemente, pueden privar a una persona de su derecho al respeto de su domicilio, ya que le impide disfrutar de él».

Por lo tanto, los magistrados del tribunal sostienen que es correcto confirmar la sentencia apelada en los mismos términos, excepto por una cosa: la indemnización.

La cantidad correspondiente pagada a la víctima es insuficiente, por lo que aumentó el importe de la indemnización correspondiente a la demandante, estableciendo nuevos daños en 7.116,14 euros y 4.744,29 euros. La indemnización por los ladridos de los perros suma el importe total de 11.860,43 euros, fijado de forma proporcional y adecuado a las molestias y circunstancias por el malestar del afectado.

Para que la indemnización llegara a su fin, peritos acústicos acudieron a su domicilio para verificar los constantes ladridos de los perros, así como un notario, quien se presentó en su domicilio en al menos cuatro ocasiones.

No suficiente con lo anterior, para obtener más pruebas que confirmasen la situación que estaba expuesto diariamente e instaló una cámara, activa las 24 horas del día, para  que quedase constancia de manera grabada que, los ladridos se producían tanto en horario de día como de noche.

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